Serán objeto de subvención las siguientes actividades de promoción del uso del valenciano realizadas durante el año 2008: a) La rotulación, exclusivamente en valenciano, del interior y exterior de las dependencias (por ejemplo, toldos, luminosos, etc.) y los vehículos de la empresa. b) La denominación de los productos y/o de su etiquetado (por ejemplo, bolsas, papel de embalar, cajas, etiquetas...). Si se trata deletiquetado o de la información al consumidor, el texto deberá estar, como mínimo, en valenciano. c) El uso, exclusivamente en valenciano, en la documentación administrativa, técnica, informática, y en la edición de guías y catálogos de la empresa, así como en páginas web.
Se excluyen los materiales promocionales como, llaveros, bolígrafos, camisetas, gorras, calendarios, pancartas. Sólo se concederá subvención por una de estas actividades y un expediente por empresa.